El pasado 14 de abril, familiares de algunas víctimas de “falsos positivos”, con el respaldo y representación jurídica de tres organizaciones sociales; el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, el Colectivo de Abogados y Abogadas José Alvear Restrepo (CAJAR), y la Corporación Jurídica Libertad,comparecieron ante la Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal de Argentina, con motivo de la querella interpuesta en noviembre de 2023 en contra del expresidente Álvaro Uribe Vélez por los 6.402 casos de ejecuciones extrajudiciales conocidos como “falsos positivos”.
Ante la imposibilidad de investigar al expresidente por estos crímenes en la jurisdicción colombiana, las víctimas encontraron en el principio de Jurisdicción Universal una oportunidad de acceso a justicia y verdad. Este principio, parte de un mecanismo del derecho internacional, que “confiere competencia a un Estado para juzgar y sancionar al autor de un delito, cualquiera que sea el lugar en que se cometió y cualquiera que sea la nacionalidad de su autor o víctima” (ONU, sf). Reconociendo que la apliación de este princincipio solo es procendente en materia penal, en especial en los crimenes de guerra y de lesa humanidad (Philippe, 2006). En ese sentido, es necesario recordar que la JEP en el caso 03 sobre “falsos positivos”, catalogó estos hechos como crímenes de guerra y de lesa humanidad (JEP,2024).
El largo camino contra la impunidad
Con la esperanza de encontrar justicia, el 7 de noviembre de 2023 las víctimas presentaron ante los jueces federales de Buenos Aires la querella en contra de Álvaro Uribe Vélez. Ocho meses después, el 1 de julio de 2024, se conoció la resolución expedida por parte del Juez Federal Número Dos, Sebastián Ramos, en la cual se admite la querella dentro del principio de Jurisdicción Universal (Justiciaparalas6402,2024). Sin embargo, en noviembre de 2025, tras casi dos años de estudio preliminar, el Juez Sebastián Ramos notificó la archivación de la investigación, basándose en un concepto de la Corte Penal Internacional sobre la existencia de un sistema judicial funcional en Colombia (MOVICE,2025).
En respuesta, las víctimas apelaron la decisión, señalando los vacíos en la justicia interna colombiana, especificando que en Colombia no existe una entidad con la capacidad y/o voluntad política para investigar conforme a los estándares internacionales los casos de ejecuciones extrajudiciales, de manera que se permita esclarecer la responsabilidad del Álvaro Uribe Vélez sobre estos crímenes perpetrados durante su presidencia. Además, se señala que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) carece de competencia para juzgar al expresidente, y aunque la Comisión Legal de Investigación y Acusación del Congreso cuenta con esa competencia, se ha identificado un conflicto de intereses que impide que el exmandatario llegue a ser juzgado.
Por ello, surge la necesidad de invocar principio de Jurisdicción Universal como mecanismo subsidiario, es decir como respaldo cuando la jurisdicción colombiana carece de capacidad o voluntad política para juzgar y atribuir la responsabilidad al expresidente por los hechos.
Tras la apelación, las víctimas comparecieron por primera vez ante los jueces, el pasado 14 de abril, solicitando la continuidad de la investigación, en reconocimiento del principio de Jurisdicción Universal. Ahora, los jueces de dicha instancia deberán determinar si continua el curso de la investigación o si por el contrario se confirma el cierre del caso.
¿Por qué es importante darle continuidad al proceso?
Determinar la responsabilidad política, moral, e inclusive penal de Álvaro Uribe, es indispensable para avanzar hacia el esclarecimiento y luchar contra la impunidad, estableciendo un precedente determinante para las víctimas de crímenes de Estado en el país.
Frente a las limitaciones en la jurisdicción colombiana, señaladas anteriormente, darle continuidad a este proceso bajo el principio de Jurisdicción Universal, supone una alternativa clave para evitar la impunidad de crímenes de guerra y de lesa humanidad, juzgando la responsabilidad del exjefe de gobierno sobre la promoción de estos hechos, y garantizando el acceso a justicia, verdad, reparación y no repetición.
Aunque varios miembros de la Fuerza Pública han reconocido su responsabilidad ante la JEP por los crímenes cometidos, es indispensable que este reconocimiento se extienda a los máximos responsables, indistintamente si se trata de un expresidente. Además, es necesario reconocer la incidencia directa de políticas gubernamentales (como la política de seguridad democrática) que establecen condiciones para que este tipo de crímenes sean perpetrados.
En medio del negacionismo que aún persiste sobre la existencia de los “falsos positivos”, continuar con este proceso supone una oportunidad para que la sistematicidad de los casos no quede en entredicho, y se establezca un proceso judicial que presione a la jurisdicción colombiana a actuar.
Referencias
Philippe, X. (2006). Los principios de jurisdicción universal y complementariedad: su interconexión. International Review of the Red Cross. https://www.icrc.org/sites/default/files/external/doc/es/assets/files/other/irrc_862_philippe.pdf
Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado. (2025). En Colombia no existen garantías ni entidades con capacidad para investigar a Uribe Vélez por ejecuciones extrajudiciales. https://movimientodevictimas.org/en-colombia-no-existen-garantias-ni-entidades-con-capacidad-para-investigar-a-uribe-velez-por-ejecuciones-extrajudiciales/
Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado. (2025). La justicia por las 6.402 víctimas colombianas de ejecuciones extrajudiciales debe continuar. Organizaciones internacionales pedimos a la Cámara de Apelaciones reactivar la investigación en Argentina. https://movimientodevictimas.org/la-justicia-por-las-6402-victimas-colombianas-de-ejecuciones-extrajudiciales-debe-continuar-organizaciones-internacionales-pedimos-a-la-camara-de-apelaciones-reactivar-la-investigacion-en-argentina/
Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado. (2026). Audiencia clave en Argentina define el futuro de la querella en contra de Álvaro Uribe por casos de ejecuciones extrajudiciales.
ONU. (s.f.). Chile [Documento PDF sobre jurisdicción universal]. https://www.un.org/en/ga/sixth/76/universal_jurisdiction/chile_s.pdf
Jurisdicción Especial para la Paz. (2024). La JEP rinde homenaje a las víctimas de falsos positivos y a sus familias. https://www.jep.gov.co/Sala-de-Prensa/Paginas/la-jep-rinde-homenaje-a-las-victimas-de-falsos-positivos-y-a-sus-familias.aspx



